Por Armando Contreras
El pagaré es un título de crédito regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la cual establece como requisito indispensable para su validez la firma del suscriptor. Por su parte, el Código de Comercio reconoce dos tipos de firma electrónica: simple y AVANZADA, siendo esta última la que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.
La firma electrónica avanzada se caracteriza por identificar de manera única al firmante, garantizar la integridad del documento y permitir detectar cualquier alteración posterior a su firma, al estar respaldada por un prestador de servicios de certificación y estándares técnicos de seguridad.
En este contexto, nuestros tribunales han resuelto que los pagarés electrónicos sólo generan efectos jurídicos plenos cuando cuentan con una firma electrónica avanzadadebidamente certificada.
Dicho lo anterior podemos concluir que la firma del suscriptor, como elemento esencial del pagaré, únicamente se considera satisfecha cuando se garantiza la identidad del firmante, la autenticidad del documento y su inalterabilidad, características propias de la FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA.
En GTA podemos asistirle en documentar adecuadamente sus transacciones comerciales, brindando certeza y formalidad a las mismas.